El
mercado de las ideas.
LEONOR GUINI
SEPTIEMBRE 2000
Todo cambia
y la problemática de los nombres de dominio también. La importancia de los
bienes intangibles y su valor superan las expectativas de sus propios titulares
pero la Justicia parece empezar a razonar no sólo en función de lo que dice la
ley sino también con un cierto criterio de igualdad y justicia.
El
Tribunal Supremo Norteamericano calificó a Internet como "el nuevo mercado de
las ideas".
En este nuevo mercado encontramos a aquellas empresas que han creado negocios o
proyectos nuevos para Internet, pero también encontramos otras que con mucha
inteligencia han traspasado su propio negocio a la red, contando para ello con
el respaldo de una marca conocida por el público.
El nombre de dominio en todo este proceso va adquiriendo como identificador de
estos proyectos mayor protagonismo y valor económico, dejando de ser a esta
altura un simple identificador de un producto o servicio.
Vamos a ver un poco como se explica todo esto.
En la primera etapa jurisprudencial relativa a conflictos que involucraban
nombres de dominio, La OMPI, parecía inclinarse abiertamente a favor de los
titulares marcarios haciendo pasar toda la problemática y obviamente la solución
del conflicto por un simple criterio de normas y doctrina marcaria.
¿Cuál fue la consecuencia? La queja de toda la Comunidad de Internet, la que se
sintió defraudada puesto que este criterio sólo era representativo de los dueños
de los intereses económicos. La queja entonces se basaba en que ¿no era que
Internet era el "mercado de las ideas” donde todos vamos a estar presentes y
representados?
El batacazo final en esta batalla entre los grandes y los pequeños de la red lo
dio Estados Unidos, quien agravo aún más la situación al pretender sancionar un
proyecto sobre piratería de nombres de dominio, propuesta que sólo tenía como
finalidad proteger a los intereses de los grandes titulares de marcas.
Tendencias actuales.
La situación parece revertirse en la actualidad, -o bien pudo haber pasado que
la ICANN, nueva entidad administradora de los nombres de dominio a nivel
internacional- haya comprendido este problema, ya que en la actualidad parecería
que el tratamiento de estos conflictos es más igualitario.
Basta ver como "Volkswagen" por ejemplo, titular de la misma marca, ha perdido
el litigio por reclamo del dominio "wv.net".
O el caso del dominio "uni2" donde una vez otorgado el dominio a la empresa
France Telefónica de España, dicha resolución podría quedar actualmente sin
efecto, por haberse descubierto una maniobra fraudulenta por parte de la misma,
con el claro fin de adquirir este dominio, que pertenecía como marca de larga
data a una empresa española.
Consecuencias.
Toda la problemática legal existente a la fecha, en los distintos estados, en
torno a los nombres de dominio, hicieron que el valor comercial de los mismos
sea cada vez mayor, incluso hay juzgados que han ordenado el embargo de dichos
identificadores, reconociéndoles entonces su carácter de "propiedad".
Para corroborar lo dicho basta con recordar la última transacción por la
adquisición del dominio "Business.com", esta transacción superó el valor de
cualquier plus marca y redondeo los 4 millones de dólares.
Otro caso interesante fue el del dominio de "Telefonica.com" que fuera adquirido
recientemente por Telefónica de España.
Todos estos acuerdos se arriban sin mediar proceso judicial alguno, por lo que
se infiere la existencia de un acuerdo económico al respecto el que obviamente
incluiría un pacto de confidencialidad.
Nuevos tipos de conflictos.
Como en todo nuevo mercado muchas cosas se deben resolver sobre la marcha.
Pero últimamente se está generando un nuevo tipo de conflictiva. Tal el caso de
la empresa más exitosa de Internet "Amazon Inc". Esta última creadora de una
verdadera marca de Internet es una fiel defensora del valor de sus intangibles.
Para comprobarlo basta con recordar el pleito que inició contra una empresa
griega, al descubrir en la página de la empresa demandada que se dedicaba a su
misma actividad, utilizando los dominios "Amazon.gr" y "Amazon.com.gr".
Bien en este caso como en el caso ocurrido en España con el dominio "ozu" y en
Francia con el nombre de dominio "Atlantel", la problemática se centra en el
registro de nombres de dominio de segundo nivel, idénticos o similares a los
registrados con anterioridad bajo dominios de primer nivel distintos.
La Justicia griega,-donde fue llevado el caso "Amazon.com vs. Amazon.gr y
Amazon.com.gr"-, dejó sentado el criterio que el uso de un Top level domain
distinto no era suficiente como para evitar la confusión.
Conclusión.
Dos marcas idénticas o similares pueden subsistir en rubros o clases diferentes
o bien en territorios distintos, pero todo esto sirve para el mundo real, aunque
los hechos y sus consecuencias legales demuestran que no sería aplicable al
ambiente en línea.
Es imposible aplicar viejos criterios a problemáticas nuevas, el mercado de las
ideas merece que se le apliquen nuevas soluciones y criterios porque seguro que
va a seguir dando mucho que hablar, y esto recién empieza.
* Leonor Guini
lguini@tiendasurbanas.com
Es especialista en Derecho Informático y asesora de la Cámara Argentina de
Comercio Electrónico
* Artículo provisto por:
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